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Coronel y catedrático Ysaias Tamarez aborda la inteligencia artificial y los desafíos constitucionales con maestrantes de la UASD

Plantea avanzar hacia un constitucionalismo digital que reconozca nuevos derechos fundamentales y garantice la supervisión humana de la inteligencia artificial

Santo Domingo, R.D.– El coronel de la Policía Nacional, jurista, investigador y catedrático Ysaias J. Tamarez Santiago sostuvo un conversatorio con los maestrantes de la Maestría en Derecho Constitucional de la Facultad de Ciencias Jurídicas y Políticas de la Universidad Autónoma de Santo Domingo.

La actividad se desarrolló en el marco de la asignatura Derechos Fundamentales, impartida por el profesor Smerly Rodríguez, letrado del Tribunal Constitucional de la República Dominicana.

Tamarez Santiago, quien posee una reconocida trayectoria en la investigación criminal, la docencia y el estudio de las nuevas tecnologías aplicadas al derecho, presentó la conferencia titulada “Hacia un constitucionalismo digital: reforma constitucional, derechos fundamentales digitales e inteligencia artificial en la administración de justicia”. El coronel y jurista ha desarrollado investigaciones académicas especializadas sobre inteligencia artificial, derechos fundamentales y ciencias forenses, incluyendo su tesis de maestría denominada La inteligencia artificial y los derechos fundamentales consagrados en la Constitución dominicana.

Durante su exposición, el académico analizó los profundos cambios que la revolución tecnológica y digital plantea para el constitucionalismo contemporáneo, especialmente ante el desarrollo de la inteligencia artificial, los algoritmos, la automatización estatal, el manejo masivo de datos, la ciberdelincuencia, la desinformación, los contenidos sintéticos y la incorporación progresiva de herramientas tecnológicas en los sistemas de justicia.

El conferencista sostuvo que la Constitución debe evolucionar al mismo ritmo que la sociedad y propuso estudiar la incorporación de un nuevo capítulo constitucional dedicado a los derechos fundamentales digitales, concebidos como una nueva generación de derechos destinada a proteger la dignidad, la libertad, la igualdad y la autonomía de las personas en el entorno virtual.

Entre los derechos analizados figuran el acceso universal a internet, la identidad digital, la protección de los datos personales, la transparencia algorítmica, la protección frente a decisiones automatizadas, la ciberseguridad, el derecho al olvido digital, la alfabetización tecnológica, la protección frente a contenidos sintéticos o deepfakes y el derecho a recibir una explicación comprensible sobre las decisiones adoptadas mediante sistemas automatizados.

Tamarez también abordó el uso de la inteligencia artificial en la administración de justicia, destacando que estas tecnologías pueden apoyar la búsqueda jurisprudencial, la clasificación de expedientes, el análisis documental, la organización de evidencias y la gestión administrativa. Sin embargo, enfatizó que la inteligencia artificial nunca debe sustituir al juez, al Ministerio Público, a la defensa, al investigador ni a la valoración humana de las pruebas. En ese sentido, defendió la transparencia, la explicabilidad, la rendición de cuentas, la no discriminación, la protección de datos, la auditabilidad de los algoritmos y la supervisión humana como principios indispensables para una justicia digital ética.

En el ámbito del derecho comparado, Tamárez desarrolló un análisis especial de la Sentencia T-323 de 2024, dictada el 2 de agosto de 2024 por la Segunda Sala de Revisión de la Corte Constitucional de Colombia, considerada un precedente emblemático sobre el uso de la inteligencia artificial generativa en la administración de justicia. El caso tuvo su origen en una acción de tutela relacionada con el derecho a la salud de un niño y adquirió relevancia constitucional cuando se comprobó que el juez de segunda instancia había utilizado ChatGPT para ampliar los argumentos de una decisión que ya había sido adoptada previamente. La Corte determinó que no se vulneró el debido proceso porque la herramienta tecnológica no sustituyó el razonamiento, la motivación ni la decisión personal del juzgador.

Al abordar los aportes de esta decisión, Tamárez explicó que la inteligencia artificial puede emplearse como una herramienta auxiliar para la consulta de información, la búsqueda de jurisprudencia, la organización documental y la ampliación de determinados elementos argumentativos, pero nunca para reemplazar las funciones jurisdiccionales que exigen razonamiento lógico, interpretación de los hechos, valoración de las pruebas, motivación de la sentencia y adopción de la decisión. En consecuencia, la responsabilidad por el contenido y los efectos de una resolución judicial debe permanecer siempre en manos del juez.

Por su parte, el profesor Smerly Rodríguez, letrado del Tribunal Constitucional, valoró la exposición como un aporte relevante para comprender la transformación contemporánea de los derechos fundamentales. Rodríguez destacó que la jurisprudencia constitucional dominicana ya contiene importantes antecedentes en esta materia, citando la Sentencia TC/0233/19, en la cual el Tribunal Constitucional reconoció la facilidad de internet como una herramienta efectiva para acceder a todo tipo de información. Asimismo, resaltó la Sentencia TC/0180/26 como una decisión modelo y de avanzada, mediante la cual el Tribunal rechazó la acción directa de inconstitucionalidad interpuesta contra la Resolución núm. 21-2025 y declaró conforme con la Constitución su disposición principal.

Indicó que la referida resolución del Pleno de la Suprema Corte de Justicia estableció, ante el deterioro estructural y los riesgos existentes en el Edificio de las Cortes de Apelación del Distrito Nacional, el uso obligatorio y provisional de los medios y plataformas digitales para mantener la continuidad de determinados servicios judiciales. Por lo que, Smerly explicó, que la decisión constitucional reconoció que la medida perseguía una finalidad legítima, resultaba justa y útil, contaba con habilitación en la Ley núm. 339-22 y permitía garantizar el acceso oportuno a la justicia, sin exponer la vida y la integridad de jueces, servidores y usuarios.

Concluyendo el profesor Smerly Rodríguez, que estos precedentes demuestran que el ordenamiento constitucional dominicano no ha permanecido indiferente frente a la transformación digital, sino que ha reconocido progresivamente el valor de internet, la información electrónica y las plataformas digitales como mecanismos capaces de fortalecer el acceso a la información, la tutela judicial efectiva y la continuidad del servicio de justicia.

En sus conclusiones, Tamarez Santiago planteó que la República Dominicana debe avanzar hacia un constitucionalismo digital centrado en la persona, que permita aprovechar los beneficios de la inteligencia artificial sin debilitar la dignidad humana, el debido proceso, la independencia judicial, la privacidad, la igualdad y los demás valores esenciales del Estado social y democrático de derecho.

Con este tipo de encuentros, la Facultad de Ciencias Jurídicas y Políticas de la UASD fortalece la formación de sus maestrantes y promueve el debate académico sobre la inteligencia artificial, los derechos fundamentales digitales y los desafíos que enfrenta el constitucionalismo dominicano ante las transformaciones tecnológicas del siglo XXI.

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